Iva suministro inmediato de informacion
Sii España
A partir del 1 de julio de 2017, las Grandes Empresas (volumen de operaciones superior a 6 millones de euros), las entidades inscritas en el registro de devolución mensual (REDEME) y los grupos de IVA, así como cualquier contribuyente de forma voluntaria, estarán obligados a suministrar su información de facturación por vía electrónica (Suministro Inmediato de Información - SII).
El plazo general para suministrar la información es de 4 días tras la emisión de la factura (facturas emitidas) y de cuatro días tras el registro de la factura (facturas recibidas). No obstante, dicho plazo se amplía a 8 días para 2017. Además, se establece un régimen transitorio para las facturas correspondientes al primer semestre de 2017, que podrán ser aportadas durante el segundo semestre de 2017.
En esta consulta pública, los inscritos en el REDEME trasladaron su mayor preocupación: la duplicidad en el suministro de información correspondiente al primer semestre de 2017. Como requisito para obtener la devolución mensual del IVA, estas empresas debían presentar tanto el modelo 303 (declaración del IVA) como el modelo 340 (declaración informativa - libros registro del IVA) y, de acuerdo con el citado Real Decreto, deberán seguir haciéndolo hasta el 1 de julio de 2017.
Sii significado en español
4.3.Suministro Inmediato de Información sobre el IVA (SII)Los libros registro a los que se refiere el artículo 62.1 del Reglamento del Impuesto sobre el Valor Añadido deberán ser llevados a través de la Sede electrónica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, mediante el suministro electrónico de los registros de facturación (SII), por los sujetos pasivos del citado Impuesto, que tengan un período de liquidación que coincida con el mes natural.
El plazo para la transmisión electrónica de los registros de facturación es, con carácter general, de 4 días naturales desde la fecha de expedición de la factura o desde la fecha de registro contable de la misma y, en todo caso, antes del día 16 del mes siguiente.
Ejemplo 1:el empresario A presta un servicio a otro empresario el 4 de febrero de 2021, emitiendo la correspondiente factura ese mismo día.El plazo para presentar el registro de esta factura a través del SII es el 8 de febrero.
Ejemplo 2:El empresario A presta un servicio a otro empresario el 3 de enero de 2021, emitiendo la correspondiente factura el 11 de febrero de 2021 (el plazo para emitir la factura es el 15 de febrero).El plazo para presentar el registro de esta factura a través del SII es el 15 de febrero (el plazo opera).
España requisitos de notificación de sii
El 1 de julio de 2017 entró en vigor la fase obligatoria del Suministro Inmediato de Información (SII) para la presentación de las declaraciones de IVA a través de la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria, y el 1 de enero de 2018 entró en vigor para las Diputaciones. También existe el SILICIE (Suministro Inmediato de Libros de Contabilidad Tributaria Especial).
Se deben cumplir los requisitos para el envío de la Información Tributaria, que debe ser enviada a través del "Servicio WEB" de la correspondiente Sede Electrónica mediante transacciones certificadas con firma electrónica. El seguimiento, aceptación y/o rechazo de los registros y formularios enviados se realiza a través del mismo canal.
easyei permite adaptarse a la normativa de cada una de las Agencias Tributarias correspondientes AEAT, Haciendas Forales, Autoridades tributarias y aduaneira Portuguesa con el nuevo sistema de gestión de IVA y Facturación basado en la información en tiempo real de las transacciones comerciales.
La plataforma easyEI permite trasladar las transacciones de acuerdo con la normativa del SII a la AEAT y al SII y a las Administraciones Tributarias Autonómicas de forma segura y desatendida. Entre otras, destacamos las siguientes funcionalidades:
Declaración de IVA d365
Según el R.D. 596/2016 en España, un nuevo sistema de gestión del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) que se basa en el Suministro Inmediato de Información del IVA (SII) permite una relación bidireccional y automatizada entre la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) y el contribuyente. En este artículo, este sistema se denominará sistema SII. A partir del 1 de julio de 2017, los contribuyentes sometidos al SII, y otros que lo adopten voluntariamente, deberán enviar los datos de sus registros de facturación en un plazo de cuatro días a través de la presentación telemática en la web de la AEAT.
La funcionalidad de los mensajes electrónicos está prevista para mantener los diferentes procesos que se utilizan en la presentación electrónica de los distintos tipos de documentos. Para más información sobre los mensajes electrónicos, consulte Mensajería electrónica.
El proceso de configuración de la funcionalidad de mensajes electrónicos para interoperar con el sistema SII tiene muchos pasos. Dado que los nombres de algunas entidades predefinidas se utilizan en las configuraciones ER, es importante que utilice un conjunto de valores predefinidos que se entregan en un paquete de entidades de datos para las tablas relacionadas, y que importe las configuraciones ER antes de importar las entidades de datos.